Sobre la Violacion


Universidad Yacambú
Blog Delito Contra las Personas

Integrantes:
Stefany Parada
Francisco Juan Oropeza
Grabiel Fernandez

Equipo N° 8

Temas: Violación
Corrupción de Menores
Delitos Contra las Buenas Costumbres


Integrante: Stefany Parada

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ANTECEDENTES DE LA VIOLACIÓN
El delito de violación surgiría cuando al desaparecer la promiscuidad social y ser sustituida por la libido en los albores de la humanidad, el hombre como sujeto poseyera a la mujer violentamente contra su voluntad.
En la mayor parte del mundo. La historia legislativa del delito de violación revela que sus sanciones se han caracterizado por su rigor.
En el derecho canónico, únicamente se consideró el "struprum violentum" (estupro violento), para el caso en que se realizara el desfloramiento y se obtuviera ésta en contra de la voluntad de la mujer, no obstante, se estipulaba que en la mujer ya desflorada no se podía cometer el delito en cuanto a las penalidades canónicas que eran las prescritas para la fornicación, no se sintió la necesidad de su aplicación para reprimirse la violación por los tribunales laicos con la pena de muerte.
En nuestro país, durante la época prehispánica, encontramos al delito en estudio, sancionado en el Imperio Inca, castigándolo con la pena de muerte en la horca. Es muy importante recordar que entre nuestros pueblos prehispánicos, a la mujer se le respetaba en gran forma, además de penalizar de manera muy severa a este ilícito, por lo cual no existía el índice de violaciones como en nuestros días.
Durante la época colonial, debemos hacer memoria que se aplicaron algunas de las leyes que regían en España, por consiguiente, tenemos en Perú colonial las leyes de Indias, entre otras así como las anteriormente señaladas, El Fuero Real, el Fuero Juzgo y las Siete Partidas.
En los Códigos Penales modernos, sin que la infracción haya perdido su acento de máxima gravedad dentro de los delitos sexuales, se ha abandonado la penalidad de muerte para los casos de violación en sí mismos considerados, sin perjuicio de extremar las sanciones, mediante agravaciones especiales o por acumulación, cuando con ella coinciden otros eventos delictuosos, como los de contagio venéreo, asalto, incesto, lesiones y homicidio.
El Código Penal antiguo contemplaba que el agente quedara exento de
pena si contrae matrimonio con la ofendida, prestando ella su libre consentimiento después de restituida al poder de sus padres o tutor.
El Código Penal actual, ha anulado esta exención considerado que siempre existía el delito, este debe ser sancionado aplicando las normas respectivas del Código Civil que para tal efecto se ha modificado.

SOBRE LA PALABRA VIOLACIÓN
La palabra violación proviene de la voz latina violatio-onis; que denota la acción y efecto de violar. En términos actuales y según la Real Academia de la Lengua es una modalidad del delito contra la libertad sexual consistente en el acceso carnal con otra persona, sea por vía vaginal, anal o bucal, cuando ocurre alguna causa destinada a anular la voluntad de la víctima tal como el uso de la fuerza o de la intimidación.
Escriche, define a la violación como la violencia que se hace a una mujer para abusar de ella contra su voluntad.
En esa definición prevalece el concepto originario de la violencia como sinónimo de fuerza, pero según Arrilas Bas, ese concepto se amplia de la doctrina de la violencia presunta y se concreta por Carrara, cuando define la violación como el conocimiento carnal de una persona ejercido contra su voluntad mediante el uso de la violencia verdadera o presunta. Analizando la definición de Carrara, se observa que la esencia del delito que nos ocupa descansa en la falta de consentimiento de la víctima, sometida a la violencia sexual y por lo tanto, que esa falta de conocimiento es condición esencial para que pueda configurarse el delito.
A todo esto especialistas en Derecho Penal y en Medicina Legal definen la violación, especificando que esta ocurre cuando el acceso carnal es con una persona contra su honestidad (pudor, decoro, decencia) y contra su libertad, empleando fuerza o grave intimidación contra su voluntad o por encontrarse privada temporal o permanentemente de sentido (conciencia), por enajenación mental, anestesia, desmayo o sueño.
Por otro lado, el delito de violación carnal, según Maggiore, consiste en
obligar a alguno a la unión carnal, por medio de la violencia o amenazas.
Fontan Balestra considera, en acepción más amplia, a la violación como el acceso carnal logrado contra la voluntad de la víctima. Para Soler, el delito violación, es el acceso carnal con persona de uno u otro sexo ejecutado mediante violencia real o presunta.
Por violación debemos entender la cópula realizada en persona de cualquier sexo, por medio de la vis absoluta o de la vis compulsiva (violencia física o violencia moral) Se comete violación yaciendo con la mujer en cualquiera de los casos siguientes:
Cuando de usare la fuerza de intimidación.
Cuando la mujer se hallare privada de razón o de sentido por cualquier causa.
Cuando fuera menor de catorce años cumplidos aunque no concurriera ninguna de las circunstancias expresadas anteriormente.

CONCEPTOS BÁSICOS
Abuso Sexual: Es toda conducta o comportamiento que atenta contra los derechos básicos fundamentales de las personas: A la vida, la libertad, la integridad y la dignidad humana. Se manifiesta con conductas agresivas, temporales, o permanentes que buscan lesionar, humillar, degradar, expresar dominio o presión sobre una persona o personas que se encuentran o se colocan en condiciones de inferioridad. Esta asume muchas formas: físicas y psíquicas, por ejemplo cuando alguien:
Le obliga a tener relaciones sexuales a la fuerza.
Utiliza el chantaje en la escuela, en la casa y/o en el trabajo para conseguir favores sexuales.
Le hiere físicamente durante el acto sexual, agrede sus genitales, usa objetos o armas a nivel intravaginal, anal y oral.
Le obliga a tener sexo con otras personas o le obliga a que vea a otras personas tener relaciones sexuales.
Le hostiga sexualmente en la calle, en el trabajo, en la casa, en la escuela, en el colegio o en la universidad.
Le obliga al sexo cuando no está completamente consciente, sin consentimiento o cuando tiene miedo.
En el abuso sexual el agresor generalmente es conocido y aprovecha su condición de parentesco, amistad o relación laboral con la víctima.
Asalto Sexual: Se caracteriza por el uso de la violencia y el control de la situación mediante la utilización de la fuerza. El agresor o agresores utilizan armas e intimidación. Se comete frecuentemente en lugares aislados o aprovechando la ausencia de vigilancia En la mayoría de los casos el agresor es desconocido. Puede ser premeditado o casual. El premeditado se caracteriza porque ha sido previamente planeado; la casual se presenta cuando en la comisión de un delito las circunstancias de control se prestan para llevar a cabo la realización de un delito sexual.
La violación, es un delito dependiente de instancia privada. Se inicia por denuncia de la persona ofendida o sus representantes legales. No obstante ello, si se está investigando otro hecho y de lo actuado surge la manifestación espontánea de la víctima o representantes legales, el acto ya ha dejado de ser dependiente de instancia privada para pasar a ser público; por lo tanto, debe proseguirse la instrucción agregando esta caratulación, o testimoniándose, según el caso.
Por lo general, en estos eventos casi siempre se carece de testigos presenciales, y la prueba debe hacerse por otros medios. Por ello hay que actuar con mucha minuciosidad a efectos de documentar detalles, que en conjunto nos pueden llevar a reunir la prueba compuesta o de indicios.
Entre estas diligencias es de vital importancia la declaración amplia y detallada de la víctima. Recordar que no es parte, y si su declaración coincide con otras circunstancias o elementos de prueba, su valor puede ser fundamental importancia para dictar sentencia.
Inspección Ocular: Tratar de documentar si en el lugar se observan manchas de esperma o sangre, o si existen signos de haberse producido lucha. En algunos casos el delito ocurre en un lugar privado al que la víctima no ha podido tener acceso y al que ha sido llevada con engaño, violencia o amenaza. Si es coincidente el detalle de este sitio por parte de la víctima con la inspección ocular realizada, tendremos documentado un indicio de gran valor. Las manchas de esperma o sangre deben ser levantadas y secuestradas para las correspondientes pericias, al igual que con prendas, toallas u otros efectos que puedan hallarse con las mismas manchas.
Informes Médicos: Debe solicitarse que el médico examine a la víctima e informe si presenta signos de desfloración. Si es así, desgarros que presenta, en qué hora u horas se determina y tiempo probable o cierto de haberse producido (reciente, varios días, antigua data, etc.). En su caso, signos evidentes de desfloración anal. Si denota indicios de enfermedad infecto contagiosa, determinará su naturaleza y gravedad. Si presenta evidencia de embarazo. Si se constata presencia de esperma, y, de ser afirmativo, secuestrarla y envasarla para su posterior examen. Si presenta lesiones informará categóricamente, y con la amplitud posible, carácter de las mismas, y con qué instrumentos o en qué forma se pudieron producir. Desarrollo físico e intelectual y, en consonancia con ello, edad que aparenta la víctima.
De hallarse detenido o no ser habido el presunto imputado, proceder a su examen médico a los fines de determinar sí presenta signos de lesiones que pudieran tener relación con el hecho investigado. Son frecuentes los "arañazos" y arrancamiento de cabellos.

TIPOS DE VIOLADOR
Violador Común: Estudio sobre el tópico demostraron que el criminal común es alguien con orientación heterosexual pero con antecedentes de cometer sus necesidades sin importarle lo que suceda con los demás. Su problema principal es de conciencia.
Violador Furioso: Es un individuo sin antecedentes de conducta antisocial pero que maneja mal la frustración y tiene problemas de aceptarse a así mismo.
Su orientación sexual es normal pero algo le sucede cuando se enoja o frustra y no puede soportarlo. La violencia sexual es contra alguien que lo conoce y suele arrepentirse del acto. Comete se acción en un momento de psicosis aguda y no comprende la naturaleza ni las consecuencias de su conducta en ese momento, pero si lo hace al desapareces la crisis.
Violador Inmaduro: Se le considera a un individuo con detención de la maduración psíquica, tal vez por retraso mental y un comportamiento infantil en las situaciones sexuales.
Violador Parafílico: Tiene una orientación sexual muy particular. Siente atracción por los niños y en ocasiones no tienen otros problemas antisociales.
Corresponde a la serie de desviaciones de la conducta sexual o parafilias. Otras anormalidades sexuales o parafilias de este tipo son la zoofilia y necrofilia (ésta última encuentra placer sexual con cadáver, pero esto es algo que descubre, no lo elige).

ESFERA FÍSICA
Debe de comenzar con el estudio de las ropas que portaba en el momento de la comisión de la agresión, ya que las mismas pueden presentar manchas o vestigios similares a los que presentaba la víctima que son derivados de la perpetración del presunto delito en el lugar de los hechos: manchas de tierra, barro, restos vegetales, etc. A veces incluso pueden aparecer manchas procedentes de la víctima como sangre en el caso de que ésta tuviese heridas o procedentes del periodo menstrual.
En lo que se refiere al plano corporal, propiamente dicho, podemos encontrar huellas que evidencien la existencia previa de lucha durante la cual la victima se ha defendido. Estas consisten principalmente en arañazos que pueden afectar a diferentes partes del cuerpo.
Mención especial merece la eventual existencia de lesiones por mordedura en el pene, en los casos de violaciones por la vía bucal. No debe olvidarse el estudio de los genitales en busca de signos de enfermedades venéreas: gonorrea, chancro luético, etc.

ESFERA PSÍQUICA
Es preciso proceder a un examen completo de las funciones psíquicas que de ello va a depender el juicio de imputabilidad que se derive, con las consiguientes repercusiones en la responsabilidad y aplicación de penas.
Las posibles combinaciones de estados patológicos mentales y de intoxicaciones en el agresor y victima son enormes. Por lo tanto es imposible hacer un repaso puntual de todos ellos, por lo que como resumen cabe decir que habría que realizar una cuidadosa valoración individualizada de cada uno y poner en una relación de comparación los resultados.
En cuanto a las patologías o trastornos más frecuentes en los agresores, hemos de señalar la baja incidencia de enfermedad mental en sentido estricto. Lo más frecuente de encontrar entre los violadores son los trastornos de la personalidad, o utilizando una terminología más clásica las psicopatías, y dentro de éstos destaca por su frecuencia el trastorno antisocial (psicópata desalmado) quizá seguido, aunque a distancia, del trastorno esquizoide.
Un factor así mismo muy frecuente de encontrar es la intoxicación, principalmente la derivada de la ingestión de bebidas alcohólicas. Otros tóxicos también a tener en cuenta son todos aquellos que ejercen una acción estimulante como por ejemplo es la cocaína.
Es bastante habitual que exista una combinación de ambos: trastorno de la personalidad más tóxico, ya que éste pone de manifiesto o "dispara" los rasgos caracterólogicos con mayor facilidad.
El alcoholismo crónico es probablemente la causa más frecuente de la violación-incesto, aunque ésta, en muchas ocasiones, se comete en estados agudos de intoxicación etílica.

También merece una atención especial los retrasos mentales, de los cuales se ha dicho que tienen una libido exagerada aunque este aserto es bastante discutible.

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